WhatsApp prepara una nueva función que complementará a los mensajes que se autodestruyen: fotos que se borran después de ser abiertas por el receptor. Así, una vez vistas desaparecerán sin dejar rastro y no se almacenarán en el dispositivo al que han llegado. Recordemos que esta opción ha sido implementada por Telegram con anterioridad, ésta y muchas otras que a nuestro parecer, sigue siendo mejor que WhatsApp en temas de privacidad.
Las imágenes que se autodestruyen tienen, por el momento, el nombre Expiring media (Multimedia Expirado) y también incluirán imgágenes en formato Gif, según publica el portal WABetaInfo. Por ahora no se sabe si la función también se podrá usar con vídeos, y sería una lástima que no lo incluyeran.
Cuando dicha opción esté disponible, aparecerá un icono de un 1 rodeado de un círculo tras seleccionar una imagen para ser enviada. Si se pulsa, la fotografía tendrá caducidad (no se podrá elegir el tiempo que pasa hasta que desaparece) y también desaparecerá del chat. Al parecer y a diferencia de los mensajes de texto, se prevé que no aparezca el mensaje que indica que el la imagen ha sido eliminada, tal y como sucede con el texto.
¿Cuándo se implementará esta opción?…
Por ahora no se sabe cuándo llegarán a WhatsApp las imágenes que se autodestruyen, ya que únicamente están disponibles en la versión 2.20.201.1 de la beta para Android. Tampoco se ha implementado una forma de avisar si se realiza una captura de pantalla de la foto, por lo que de momento la autodestrucción no estaría completa.
WhatsApp multicuenta…
Lo que sí parece que llegará antes será la posibilidad de utilizar la misma cuenta de WhatsApp en hasta cuatro dispositivos distintos. Una función lleva mucho tiempo en desarrollo, siendo su principal novedad, que permitirá usar WhatsApp Web sin necesidad de que el teléfono principal tenga conexión a Internet.
¿Qué dice la ley sobre el envío de imágenes privadas sin autorización?…
La reforma penal establece una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, «sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona».
Pero la ley y su aplicación, siempre basada en la interpretación de los jueces, sigue siendo difusa. Por eso hasta hora lo más recomendable, si se quería ahorrar un disgusto, era no enviarlos directamente.
¿Qué problema tiene a pesar de todo?…
El problema es que, una vez conocida esta función, el destinatario que quiera guardar una imagen en su teléfono siempre puede hacer una captura de la pantalla o grabarlo desde fuera con otro dispositivo.
Por el momento, se desconoce si WhatsApp está estudiando alguna función de detección de capturas de pantalla para los archivos que caducan, como la que ya tienen otras aplicaciones como Snapchat, o Telegram.